En tiempos en los que buena parte de la población, instada por sectores interesados por el poder económico, desprecia a las personas mayores y las ve como un costo social que debe eliminarse como hiciera el actual gobierno argentino a poco de iniciar su gestión con su reforma previsional, vale recordar que hoy, 28 de agosto, es el “Día Nacional de la Ancianidad” proclamado en 1948 por la primera dama, Eva María Duarte, la esposa del presidente Juan Domingo Perón, cuando diera a conocer el decálogo de sus derechos.
Derechos que luego fueron incorporados a la Constitución Nacional de 1949, los que dejaron de tener vigencia cuando el dictador Pedro Eugenio Aramburu derogó la misma por decreto en 1956. Los mismos eran los siguientes:
- Derecho a la Asistencia: Todo anciano tiene derecho a su protección integral por cuenta de su familia. En caso de desamparo, corresponde al Estado proveer a dicha protección, ya sea en forma directa o por intermedio de los institutos o fundaciones creados, o que se crearen, con ese fin, sin perjuicio de subrogación del Estado o de dichos institutos para demandar a los familiares remisos y solventes los aportes correspondientes.
- Derecho a la Vivienda: El derecho a un albergue higiénico con un mínimo de comodidades hogareñas es inherente a la condición humana.
- Derecho a la Alimentación: La alimentación sana y adecuada a la edad y estado físico de cada uno debe ser contemplada en forma particular.
- Derecho al Vestido: El vestido decoroso y apropiado al clima completa el derecho anterior.
- Derecho al Cuidado de la Salud Física: El cuidado de la salud física de los ancianos ha de ser preocupación especialista y permanente.
- Derecho al Cuidado de la Salud Moral: Debe asegurarse el libre ejercicio de las expansiones espirituales, concordes con la moral y el culto.
- Derecho al Esparcimiento: Ha de reconocerse a la ancianidad el derecho de gozar mesuradamente de un mínimo de entretenimientos para que pueda sobrellevar con satisfacción sus horas de espera.
- Derecho al Trabajo: Cuando su estado y condiciones lo permitan, la ocupación por medio de laborterapia productiva ha de ser facilitada. Se evitará así la disminución de la personalidad.
- Derecho a la Expansión: Gozar de tranquilidad, libre de angustias y preocupaciones en los últimos años de existencia, es patrimonio del anciano.
- Derecho al Respeto: La ancianidad tiene derecho al respeto y consideración de sus semejantes.
En la antigüedad los adultos mayores eran profundamente respetados en las grandes civilizaciones. En Roma la institución del senado era la cámara de los ancianos, senes en latín. En Esparta las leyes estaban preparadas por el Consejo de los 28, la Gerusía, de gerón, anciano en griego, ya que la constituían hombres de más de 60 años. En esos casos, como en otros, se trataba de aprovechar la experiencia de vida de la gente madura. Con el devenir del tiempo a ésta se le perdió el respeto ya que lo importante pasó a ser la capacidad de producir bienes físicos y no la de impulsar las mejores políticas para la sociedad en su conjunto.
Pero Evita, como en tantas otras cosas, no compartía esa visión deshumanizada del mundo, y al igual, pero con un énfasis mucho mayor, adoptó políticas en favor de los ancianos como ya lo había hecho, otra artista, la cantante de ópera portuguesa Regina Pacini, esposa del presidente Máximo Marcelo Torcuato de Alvear, ambas también ocupadas de los derechos de las mujeres como aquella actriz de circo de comienzos del Siglo VI, la emperatriz bizantina Teodora, esposa de Justiniano, cuya similitud como gobernante con Evita mereció la aparición del libro “Teodora y Evita” de la escritora Marta Lucía Nesta.
La Argentina fue la adelantada mundial en legislar sobre los derechos de los adultos mayores en estos tiempos modernos. No solamente por su sanción a partir de la proclamación de los mismos por Evita sino que fueron también presentados ante la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas realizada en París el 18 de septiembre de ese mismo 1948, donde fueron aprobados y de ese modo universalizados. Dice la presentación en la ONU, adoptada en su Tercera Asamblea: “Recomienda al consejo económico social de esa asamblea que sobre la base de esta declaración de derechos, realice los estudios relativos a la aplicación universal de los mismos con el propósito de proteger más ampliamente la defensa social y económica de los hombres que han llegado a la ancianidad.
El Ministerio de Trabajo fue el lugar donde aquél 28 de agosto dio lectura a la declaración de los derechos de la ancianidad luego de la cual los entregó a las manos del presidente Perón solicitándole que se los incorporase a la legislación nacional y a la práctica institucional de un país en marcha hacia una democracia popular, como se hiciera. Como señalara el profesor Daniel Alberto Chiarenza, “a partir de esa presentación de la República Argentina en las Naciones Unidas, el resto de los países del mundo comenzó a desarrollar esta temática”.
Con posterioridad, ya en 1982, la ONU realizó una asamblea especial dedicada a la ancianidad cuando por entonces los adultos mayores superaban los 600 millones en todo el mundo y se esperaba que llegaran a 2000 millones hacia 2050, una cifra inaceptable para el poder económico mundial. En esa oportunidad la ONU estableció como fecha mundial de homenaje a los ancianos la del 21 de junio.
Al presentar su decálogo aquél 28 de agosto de 1948, en esos tiempos de cambio en la Argentina, dijo Evita: “Los ancianos desvalidos son, para vergüenza nuestra, como una réplica dolorosa de lo que eran la mayoría de los argentinos laboriosos hasta el día en que la Nación oyó de nuestros labios que la Justicia Social, o era Social o no era Justicia ni era nada”. Palabras para tener hoy en cuenta.